La contabilidad de un crowdfunding necesita previamente una aclaración del concepto y de las clases de crowdfunding. El art.46 de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial, define las plataformas de financiación participativa como empresas cuya actividad consiste en contactar, por medios electrónicos, a quienes ofrecen financiación a cambio de un rendimiento dinerario (inversores), con quienes solicitan financiación para destinarlo a un proyecto (promotores). No tienen tal consideración la financiación captada exclusivamente a través de:
a) Donaciones.
b) Venta de bienes y servicios.
c) Préstamos sin intereses.
Dejamos de lado el crowdfunding de inversión y préstamo y nos centramos en el crowdfunding de donaciones, entendiendo por él, un conjunto de aportaciones para financiar un proyecto de forma altruista, sin contraprestación.
A efectos contables, esta definición, no difiere mucho de una actividad de promoción o captación de fondos (723).
Asientos contables.
Cada plataforma tiene sus costes y condiciones que pueden tener efectos a la hora de ser contabilizados. Nosotros hemos tomado las que aparecen en la plataforma www.kukumiku.com, que cobra por gastos de gestión una 5% del total recaudado y da la opción de no fijar un objetivo de “todo o nada”, es decir, quienes donan optan a que el donativo se ejecute independientemente de alcanzar el objetivo previsto. Además de esta comisión está el coste de la pasarela de pago, Tarjeta de crédito/débito: 0,5%
Si utilizamos la cuenta (747) Donativos, tampoco pasaría nada. Hemos optado por la (723) para distinguir los ingresos recibidos de forma espontánea, (747), de aquellos en los que hemos impulsado directamente.
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