El equipo de puche29 ha estado informando acerca de los tiempos y formas de estas novedades legislativas. Porque, como especialistas en el tercer sector, hemos subrayado a nuestros clientes que estas obligaciones también afectan a las entidades sin fines lucrativos, Asociaciones y Fundaciones

Por eso, aprovechamos y haceros un resumen: Hablamos de dos leyes caminando en paralelo y con destino a la factura electrónica, pero con objetivos distintos:

Factura electrónica obligatoria. También para entidades no lucrativas.

Sin reglamento aprobado. Se estima su aplicación para dos años, y sí, también afectará a las entidades sin fines lucrativos. Salvo las facturas emitidas a la Administración Pública que ya es obligatorio que sean electrónicas, algo que tan bien saben algunas de nuestras Asociaciones y Fundaciones y que realizan trabajos para la Administración.

Sistema de facturación. Verifactu.

Entra en vigor en enero de 2026, en julio de 2026 para las personas físicas.

Busca que todos los softwares de facturación garanticen la integridad e inalterabilidad de los registros y su trazabilidad. El proveedor del programa es quien debe certificar dicho cumplimiento (Orden Ministerial HAC/1177/2024)

  • Obligado para todas que utilicen sistemas informáticos de facturación, aunque solo sea para una parte de su actividad e independientemente del destinatario (empresa, profesionales, consumidores finales).
  • ¿Qué es un sistema informático de facturación? Resoluciones vinculantes de la Dirección General de Tributos señalan que también lo son el Word y Excel. Es decir, solo se libran los que emitan sus facturas en papel… hasta que sea obligatoria la factura electrónica (2 años)
  • Las facturas emitidas tendrán un código QR y si se opta (voluntario) por el envío inmediato a la AEAT, contendrá la palabra VERIFACTU.
  • La AEAT podrá requerir tanto a los usuarios de estos sistemas, como a los productores/comercializadores la información que corresponda en orden a verificar el cumplimiento de los requisitos (sanciones por incumplimiento previstas en el artículo 201 bis de la Ley 58/2003 LGT)
  • Las sanciones por incumplir la normativa Verifactu son severas, principalmente una multa de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal para las empresas y autónomos que utilicen o tengan software de facturación no conforme o que no lo adapten a los requisitos.

Cuadro resumen

Verifactu y Fac. Electrónica

Aplicación gratuita de la Agencia Tributaria

La aplicación de la AEAT permite generar facturas electrónicas y enviar los registros de facturación directamente a la AEAT.

En el Manual de Usuario Verifactu explican muy bien su funcionamiento, sencillo e intuitivo. Y los más importante. Creíamos que, además de poder generar “solo cien facturas”, un inconveniente sería el tener que picar los datos cada vez que se emitiera una factura, y no. Permite guardar información de mi cartera de clientes, así como los de mis principales productos y servicios. También existe la opción de generar borradores y crear diferentes tipos de series. Solo se puede utilizar para emitir facturas completas y rectificativas (no las simplificadas “tickets).

Creemos que para las entidades no lucrativas con las que trabajamos, es una buena noticia. Aunque cada vez más, Asociaciones y Fundaciones, empiezan a desarrollar prestaciones de servicio, son las subvenciones, donativos y cuotas de afiliación su principal fuente de ingresos, lo que les limita mucho a la hora de abordar un gasto extra como sería adquirir un programa de facturación, sin contar con el trabajo administrativo que genera.

(artículo redactado por el equipo de puche29, consultoria, asesoría y formación y basado en los talleres que impartimos a las entidades no lucrativas con las que trabajamos)