Las asociaciones declaradas de utilidad pública deben rendir cuentas del último ejercicio cerrado en el plazo de los seis meses siguientes a su finalización. Es decir, si el ejercicio coincide con el año natural de enero a diciembre, tendrá hasta el 30 de junio. Por tanto, estamos en el típico mes en el que más Asambleas Generales se celebran. Y, por tanto, el mes en el que las entidades con las que trabajamos más preguntes acerca de este trámite nos hacen

Si tienes dudas acerca de qué debe hacer tú asociación, cómo cumplir con la obligación de rendir cuentas, qué documentos está obligada a presentar, te animamos a leer nuestro post. Rendición de cuentas de una Asociación de Utilidad Pública.

La obligación de rendir cuentas de las asociaciones de utilidad pública - pucge29Dentro del certificado del acuerdo de la asamblea general que contiene la aprobación de las cuentas anuales también puede, y debe, incluirse el nombramiento, o renovación total o parcial, de la Junta Directiva. Y es en estos casos dónde surgen algunas dudas:

  • ¿Quién firma las Cuentas Anuales?, ¿La Junta Directiva entrante o saliente?
  • ¿Quién expide el certificado? ¿El secretario entrante o saliente?

Las Cuentas anuales deben ser firmadas por todos los miembros de la junta directiva u órgano de representación de la asociación obligados a formularlas. Es decir, primero la Junta Directiva formula (“elabora”) las cuentas anules y luego las presenta a la Asamblea para su aprobación, por tanto, quién firma el documento es la Junta Directiva saliente.

Cuando en esa misma Asamblea también se produzca la elección de una nueva persona para el cargo de Secretaría, al finalizar la Asamblea, será esa nueva persona quién tenga la potestad para expedir el certificado.

Asociaciones con Cuentas anuales Modelo Normal

Las asociaciones obligadas a formular cuentas anuales en modelo normal deberán adjuntar a las cuentas anuales  un ejemplar firmado del informe de auditoría. Dicho informe se acompañará de un certificado acreditativo de que corresponde a las cuentas anuales presentadas, cuando no constase en la certificación del acuerdo de la asamblea general de socios.

Estamos a vuestra disposición para asesorar a tu asociación.